Ser propietario es arrogarse un bien de cuyo disfrute se excluye a los demás; al mismo tiempo, es reconocer a cada uno un derecho abstracto de posesión. Acaparando el derecho real a la propiedad, el poseedor extiende su propiedad sobre los excluidos (de modo absoluto sobre los no-poseedores y relativo sobre los demás poseedores) sin los cuales no es nada. Por su parte, los no-poseedores no tienen elección. El propietario se apropia de ellos y los aliena como productores de su propio poder mientras que la necesidad de asegurar su existencia física los obliga a colaborar a pesar suyo en su propia exclusión, a producirla y a sobrevivir a la imposibilidad de vivir. Excluidos, participan en la posesión por mediación del poseedor, participación mística puesto que así se organizan desde su origen todas las relaciones de clanes y todas la relaciones sociales, que poco a poco suceden al principio de cohesión obligada según el cual cada miembro es función integrante del grupo ("interdependencia orgánica"). Su garantía de supervivencia depende de su actividad en el marco de la apropiación privativa, refuerzan un derecho de propiedad del que están descartados y, por esta ambigüedad, cada uno de ellos se siente como partícipe de la propiedad, como parcela viva del derecho a poseer, aunque semejante creencia lo define, a medida que se refuerza, a la vez como excluido y como poseído. (Caso límite de esta alienación: el esclavo fiel, el policía, el guardaespaldas, el centurión que, por una especie de unión con su propia muerte, da a la muerte un poder idéntico a las fuerzas de la vida, identifica en una energía destructora el polo negativo de la alienación y el polo positivo, el esclavo absolutamente sumiso y el amo absoluto). En interés del explotador, es importante que la apariencia se mantenga y se refine; no se trata de ningún maquiavelismo sino de simple instinto de supervivencia. La organización de la apariencia está ligada a la supervivencia del poseedor que está ligada a su vez a la de sus privilegios, y pasa por la supervivencia física del no-poseedor, una forma de seguir vivo en medio de la explotación y la imposibilidad de ser hombre. El acaparamiento y la dominación con fines privados son impuestos y sentidos primitivamente como un derecho positivo, pero en forma de universalidad negativa. Valioso para todos, justificado a sus ojos por causa divina o natural, el derecho de apropiación privativa se objetiva en medio de una ilusión general, de una trascendencia universal, de una ley esencial donde cada uno, a título individual, encuentra acomodo suficiente para soportar los límites más o menos estrechos asignados a su derecho de vivir y a las condiciones de vida en general.
Raoul Vaneigem
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